Contabilidad Electrónica se entregará en marzo del 2015

Aplica a causantes con ingresos anuales de más de 4 millones de pesos

Aristóteles Núñez Sánchez, jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), anunció la gradualidad para el envío de la contabilidad electrónica; ahora los contribuyentes tendrán que entregarle su información al SAT a más tardar en los primeros días de marzo del 2015.

De esta manera, reveló, a partir de enero del 2015, el universo de contribuyentes que están obligados a llevar contabilidad electrónica asciende a 203,807 causantes.

“En el siguiente año la aplicación de la contabilidad electrónica como una obligación de los contribuyentes en México se dará de forma gradual, es decir, que la información de enero se entregará en marzo del 2015, y no se reporta la información del 2014”, refirió.

En conferencia de prensa, Núñez Sánchez aclaró que los sujetos obligados a entregar su información contable en medios electrónicos son: las personas morales y las personas físicas con actividad empresarial que generaron ingresos anuales mayores a 4 millones en el ejercicio del 2013.

El jefe del órgano recaudador del país detalló que los documentos que se tendrán que entregar con el envío de la contabilidad electrónica son: el catálogo de cuentas por única ocasión entre el 3 y el 5 de marzo del 2015.

Además de la balanza de comprobación, documento con el que ya cuentan los contribuyentes, y lo único que se solicita es que se convierta en digital que pueda ser enviado al SAT.

Como tercer rubro, dijo, los contribuyentes tendrán que enviar sus pólizas de ingresos y gastos con sus auxiliares para identificar cada asiento contable o soporte, especialmente cuando se trate de un comprobante fiscal digital, es decir, una factura electrónica.

Los no obligados

Núñez Sánchez explicó que no están obligados a llevar contabilidad electrónica las personas físicas que tienen ingresos por salarios, por arrendamiento, por honorarios, y los contribuyentes inscritos en el Régimen de Incorporación Fiscal, “siempre y cuando usen el sistema Mis Cuentas”.

Además, no están obligados aquellos causantes que reciban ingresos esporádicos por premios, por enajenación de bienes, o ingresos esporádicos en términos de la ley del Impuesto Sobre la Renta.

En el caso de los contribuyentes que coticen en la Bolsa Mexicana de Valores, se autorizó que su información sea enviada de forma trimestral, a partir de mayo del 2015.

El titular del órgano recaudador refirió que la publicación de dicha regla obedece al mandato de los legisladores inmerso en la Ley de Ingresos de la Federación del 2015, en la que se establece que la información contable se debe recibir a partir del próximo año.

“La publicación de esta regla es producto del trabajo consensuado y exigencia entre la autoridad fiscal, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, la Iniciativa Privada y la sociedad civil”, indicó.

Estos nuevos plazos se darán a conocer en los próximos días en el Diario Oficial de la Federación. Para mayor información se invita a visitar el portal del SAT.

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Fuente: eleconomista.com.mx