Jurisprudencia: Información financiera bajo revisión fiscal y uso de las NIF

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Resumen del criterio

Las Normas de Información Financiera (NIF), emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, no constituyen disposiciones de observancia obligatoria para los contribuyentes, ya que no tienen naturaleza formal ni materialmente legislativa.

No obstante, el Tribunal establece que las autoridades fiscales pueden citarlas válidamente en sus actos administrativos como elementos auxiliares de interpretación, en la medida en que las NIF permiten reconocer, dar valor y significado a los datos que integran la contabilidad de los contribuyentes.

La jurisprudencia precisa que no existe afectación al particular cuando las NIF son utilizadas como apoyo técnico-contable, siempre que no constituyan el único sustento del acto, el cual debe encontrarse debidamente fundado y motivado conforme al principio de legalidad.

Impacto práctico

Para las empresas:

Refuerza la necesidad de que la información financiera sea consistente, verificable y alineada a NIF, aun cuando estas no sean obligatorias por sí mismas.
● Evidencia que los estados financieros, registros contables y criterios de valuación pueden adquirir relevancia directa en procedimientos fiscales.
● Incrementa el riesgo de observaciones cuando la contabilidad carece de sustancia económica o presenta inconsistencias técnicas

Para asesores fiscales, contables y financieros:

● Confirma que la lectura fiscal de las operaciones parte, en muchos casos, del análisis financiero-contable.
● Obliga a integrar criterios financieros sólidos en la planeación fiscal, atención de auditorías y defensa administrativa.
● Subraya que la contabilidad no es un mero soporte formal, sino un insumo interpretativo con efectos jurídicos.

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Referencias bibliográficas

Fuente primaria
Tribunal Federal de Justicia Administrativa. (2025). NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA. SU CITA EN EL ACTO ADMINISTRATIVO NO CONLLEVA UNA AFECTACIÓN AL PARTICULAR (Jurisprudencia IX-J-SS-145). Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Novena Época, Año IV, No. 42, junio–julio, p. 194.

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