Permiso por enfermedad de hijos

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Para cualquier madre o padre trabajador, recibir un diagnóstico grave de su hijo es una noticia que lo cambia todo. En México, la legislación reconoce esta realidad y ofrece un permiso especial para el cuidado de hijos enfermos. Sin embargo, aún hay muchas dudas sobre cómo funciona este permiso, qué obligaciones tiene el empleador y qué enfermedades cubre. Vamos a revisarlas una por una.

El respaldo legal: lo que dicen la LFT y la LSS

📌 Artículo 132, fracción XXIX Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT): establece que las empresas deben otorgar las facilidades necesarias para que los empleados puedan hacer uso de las licencias expedidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). 📌 Artículo 140 Bis de la Ley del Seguro Social (LSS): regula la licencia para madres y padres con hijos de hasta 16 años que enfrenten enfermedades graves y requieran cuidados médicos.

Puntos clave del permiso: 

Se otorga por periodos de 1 a 28 días. Puede renovarse hasta alcanzar 364 días en un lapso de 3 años. Sólo uno de los padres puede tomarlo a la vez. Para recibir el subsidio del IMSS, el trabajador debe haber cotizado al menos 30 semanas en el último año o 52 semanas antes de la licencia.

¿Sólo aplica para el cáncer? 

Hasta hace poco, esta licencia sólo beneficiaba a los padres de niños con cáncer. Pero en septiembre de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que también debe aplicarse en casos de otras enfermedades graves. 

Derechos y obligaciones de patrones y empleados

Apoyar a los trabajadores es la mejor inversión

El permiso por enfermedad de hijos no es sólo un derecho legal, sino una necesidad humana. Cumplir con esta normativa evita sanciones y alimenta el compromiso de los empleados. Consejo para empresas: Establecer protocolos internos para la gestión de estas licencias ayuda a evitar confusiones y asegura un ambiente laboral más justo y equitativo. Recomendación para trabajadores: Si tu hijo enfrenta una enfermedad grave que requiere cuidados especiales, infórmate de tu derecho a pedir licencia, prepara tus documentos y acércate a tu empleador.   Si esta información te ha sido útil, compártela con otros padres y empleadores. Juntos podemos crear conciencia sobre este importante derecho. Si te pareció relevante entonces te pueden interesar los siguientes cursos:

Fuentes consultadas

  1. Ley Federal del Trabajo (art. 132, fracción XXIX Bis).
  2. Ley del Seguro Social (art. 140 Bis).
  3. Jurisprudencia de la SCJN, septiembre 2024.